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jueves, mayo 22, 2025

Condenaron a un hombre por agredir sexualmente a su hija

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El condenado tiene 33 años y también agredió a la hija de su pareja. La pena también se le impuso por haber obligado a su pareja a ejercer la prostitución para recibir un beneficio económico.

Un hombre de 33 años fue condenado a 20 años de prisión por haber abusado sexualmente de su hija y de la hija de su pareja en Rafaela. La sentencia fue impuesta por unanimidad por los jueces Nicolás Stegmayer, Juan Gabriel Peralta y José Luis Estévez en el marco de un juicio oral que finalizó este mediodía en los tribunales rafaelinos.

Los magistrados también condenaron al acusado por haber obligado a su pareja a ejercer la prostitución para recibir un beneficio económico.

La fiscal Gabriela Lema, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5, representó al MPA en el debate.

Luego de conocer la sentencia del tribunal, la funcionaria judicial manifestó su conformidad. “Si bien aún no conocemos los fundamentos de los jueces, valoramos que los jueces hayan resuelto condenar al acusado y que lo hayan hecho por unanimidad”, subrayó Lema.

Abusos sexuales

Lema manifestó que “el condenado agredió sexualmente a su hija biológica y a la hija de su pareja” y agregó que “las dos eran menores de edad que, al momento de sufrir los abusos, transitaban su escolaridad primaria”. La funcionaria del MPA también sostuvo que “se aprovechó de la inmadurez de las niñas, de la convivencia preexistente y de que estaban bajo su guarda”.

“En relación con su hija biológica, el condenado llevó a cabo la conducta ilícita el 29 de agosto de 2021 aproximadamente a las 3 de la mañana, en el domicilio familiar que compartían, conducta que cesó en virtud de la oposición de la niña”, señaló la fiscal.

Por otra parte, Lema planteó que “entre 2017 y 2021, el condenado agredió de manera reiterada a la hija de su pareja” y añadió que “también lo hizo en la vivienda familiar que compartían, y aprovechando la ausencia de la madre de la niña”.

El representante del MPA aseguró que “los hechos cometidos por el condenado tuvieron la entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre de la sexualidad de las niñas”.

Explotación económica de la prostitución

Lema también se refirió a los ilícitos que cometió el condenado en perjuicio de la mujer que era su pareja. “Entre 2013 y 2021, obligó a la mujer –con quien convivía– a ejercer la prostitución con el fin de obtener un beneficio económico para él”, remarcó la fiscal. Agregó que “cuando la víctima se oponía a prostituirse, el condenado la sometía a maltratos físicos y psicológicos”.

Lema aclaró que “todos los hechos ilícitos que se le atribuyeron al hombre condenado fueron perpetrados en un claro contexto de violencia de género y aprovechando la situación de vulnerabilidad de las tres víctimas”.

Condena

En relación con los ilícitos que cometió en perjuicio de su hija biológica, JDO fue condenado como autor de los delitos de abuso sexual agravado (por el vínculo; por ser la víctima menor de 18 años; aprovechándose el autor de la convivencia preexistente y por ser el encargado de su guarda) y promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad; por la convivencia y por la guarda);

En tanto, por los abusos en perjuicio de la hija de su pareja, se lo condenó por la autoridad de los delitos de abuso sexual; abuso sexual gravemente ultrajante; abuso sexual con acceso carnal y promoción a la corrupción de menores agravada. Las cuatro calificaciones penales fueron agravadas por ser la víctima menor de 18 años; por aprovechar el condenado la situación de convivencia preexistente y por estar encargado de la guarda de la niña.

Finalmente, por los ilícitos que cometieron en perjuicio de la mujer que era su pareja, la condena fue por la autoridad de delito de explotación económica de la prostitución ajena calificada (por la convivencia con la víctima).

Fuente: MPA

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